Vender una propiedad en España: lo que residentes y no residentes necesitan saber antes de firmar

Vender una propiedad en España no es solo una operación jurídica: es un evento fiscal, y las reglas son completamente distintas según seas residente fiscal en España o tengas una propiedad aquí pero vivas en el extranjero como no residente. La mayoría de los vendedores no saben qué régimen les aplica hasta que ya es demasiado tarde para cambiar el resultado.

En Sol-4 Gestión representamos tanto a vendedores residentes como no residentes en la Costa Blanca. Calculamos tu posición fiscal completa antes de que te comprometas con un precio, gestionamos todas las declaraciones en tu nombre, y lo hacemos todo en inglés, a distancia si es necesario.

  • 25 años en la Costa Blanca
  • Inglés, español y alemán
  • Respuesta en menos de 24 horas
  • Más de 2.500 operaciones gestionadas

Tu posición fiscal depende de una sola cosa: si eres residente fiscal en España.

La mayoría de los vendedores, residentes y no residentes, descubren cómo funcionan los impuestos después de la venta. Eso es demasiado tarde. Lo que te llevas de la venta depende de cómo se gestionan los impuestos, y ese trabajo tiene que empezar antes de que acuerdes el precio.

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Vendedores no residentes

Si vives en el extranjero y tienes una propiedad en España.

Como vendedor no residente, el sistema fiscal español aplica un conjunto de reglas específicas que la mayoría de propietarios extranjeros no conocen hasta que ya están en medio de la venta.

La retención del 3 %, el comprador retiene el 3 % del precio de venta y lo ingresa directamente en Hacienda como pago a cuenta de tu ganancia patrimonial
Ganancia patrimonial (Modelo 210), se presenta en un plazo de cuatro meses desde la venta. Si el 3 % retenido supera tu obligación real, tienes derecho a una devolución, pero solo si la reclamas a tiempo
Plusvalía municipal, un impuesto local sobre el incremento del valor del suelo desde la última transmisión, que paga el vendedor. Desde 2021 no puede superar la ganancia real obtenida sobre el suelo. Nosotros revisamos el cálculo del ayuntamiento siempre
Gastos deducibles, honorarios jurídicos, notaría, registro de la propiedad, comisiones de agencia y mejoras documentadas reducen tu ganancia tributable. Muchos vendedores nunca los aplican
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Vendedores residentes

Si vives en España y estás vendiendo tu propiedad.

Los residentes fiscales en España tienen un conjunto de reglas distinto y, en algunos casos, exenciones significativas a las que los no residentes no tienen acceso.

Sin retención del 3 %, si presentas un certificado de residencia fiscal antes de que se complete la venta, el comprador no retiene el 3 %
Ganancia patrimonial a través del IRPF, se declara en tu declaración anual de la renta correspondiente al año de la venta, no mediante declaración separada
Exención total para mayores de 65 años que venden su vivienda habitual, la ganancia está completamente exenta conforme a la ley española, independientemente del beneficio obtenido. Muchos vendedores en esta situación nunca la reclaman
Exención por reinversión en vivienda habitual, la ganancia puede quedar total o parcialmente exenta si reinviertes en otra vivienda habitual en el plazo de dos años

Cómo gestionamos una venta inmobiliaria: paso a paso.

Desde la valoración fiscal previa a la venta hasta los cierres posteriores, para residentes y no residentes.

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Valoración fiscal previa a la venta

Antes de que acuerdes el precio, calculamos tu posición fiscal completa. Residente o no residente, simulamos la ganancia patrimonial, la plusvalía y las exenciones o deducciones que se aplican a tu situación. Sabes exactamente lo que te llevas antes de comprometerte a nada.

02

Revisión legal de la propiedad

Antes de que se complete la venta, verificamos el estado legal de la propiedad: cargas, hipotecas, deudas con la comunidad de propietarios y cualquier discrepancia registral que pueda complicar la operación o reducir el precio final.

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Certificado de residencia fiscal (solo residentes)

Si eres residente fiscal en España, obtenemos el certificado de residencia fiscal de Hacienda antes de la venta. Sin él, el comprador debe retener el 3 % independientemente de tu situación. Este paso puede ahorrarte miles de euros.

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Poder notarial (si es necesario)

Si no puedes o prefieres no viajar a España, preparamos el poder notarial que nos permite representarte en todas las fases, desde la revisión del contrato hasta la firma ante notario. Esto se aplica tanto a vendedores residentes como no residentes.

05

Representación ante notario

Te representamos en la cita ante notario. Revisamos la escritura antes de la firma y verificamos la correcta aplicación de la retención del 3 % para no residentes, o su ausencia para los residentes que han aportado el certificado.

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Declaraciones fiscales

Para no residentes: Modelo 210 y reclamación de la devolución del 3 %, en un plazo de cuatro meses desde la venta. Para residentes: declaración de la ganancia patrimonial en el IRPF. Para ambos: liquidación y revisión de la plusvalía. Todo dentro de los plazos legales.

07

Cierre posterior a la venta

Cancelación de la hipoteca, notificación a la comunidad de propietarios, cierre de los contratos de suministros y todo lo que cierra formalmente tu titularidad sobre la propiedad, para que no quede nada a tu nombre tras la venta.

Qué incluye nuestro servicio.

Valoración fiscal previa a la venta

Residente o no residente, calculamos tu posición completa antes de que acuerdes el precio.

Revisión legal de la propiedad

Cargas, hipotecas, deudas con la comunidad y discrepancias registrales verificadas antes de la venta.

Certificado de residencia fiscal

Solo para residentes, obtenido antes de la venta para evitar la retención del 3 %.

Representación ante notario

En persona o mediante poder notarial, no es necesario viajar a España.

Declaración de la ganancia patrimonial

Modelo 210 para no residentes, declaración del IRPF para residentes, dentro de los plazos legales.

Reclamación de la devolución del 3 %

No residentes cuando proceda, presentada y seguida hasta que se recibe.

Revisión de la plusvalía municipal

Ambos perfiles, revisamos el cálculo del ayuntamiento siempre.

Cierre posterior a la venta

Hipoteca, suministros, comunidad de propietarios, todo formalmente cerrado.

Hemos visto lo que ocurre cuando nadie gestiona bien la venta.
No tiene por qué ser tu historia.

Un cliente llegó a nosotros cuando ya era demasiado tarde: residente fiscal en España, mayor de 65 años, vendiendo su vivienda habitual, completamente exento de la ganancia patrimonial. Nadie había obtenido el certificado, el comprador no tuvo más remedio que retener el 3 %. La exención nunca se reclamó. El plazo pasó. Nada de eso ocurre cuando las personas adecuadas están involucradas desde el principio.

Lo que te llevas de la venta depende de cómo se gestionan los impuestos, y ese trabajo tiene que empezar antes de que acuerdes el precio.

Calculamos tu posición antes de que acuerdes el precio

Residente o no residente, sabes exactamente lo que te llevas antes de comprometerte.

Revisamos todas las exenciones y deducciones

Cada euro deducible reduce tu factura. Nos aseguramos de que no se pierda ninguno.

Gestionamos todas las declaraciones dentro de los plazos legales

Sin devoluciones perdidas. Sin recargos. Sin sorpresas.

Respondemos en menos de 24 horas

Porque en una venta inmobiliaria los retrasos cuestan dinero.

Frequently asked questions about selling property in Spain.

For both residents and non-residents.

Cuéntanos tu caso.

Lo leeremos, te responderemos en menos de 24 horas y te diremos con sinceridad si somos las personas adecuadas para ayudarte. Sin presión, sin compromiso.

Teléfono +34 966 71 51 81
Dirección C/ Aneto 1, Local 3 - Box 52
Benimar I, Benijófar, Alicante

Respondemos en menos de 24 horas, de lunes a viernes. Tu información queda solo con los dos socios que gestionarán tu caso: nunca se comparte ni se utiliza para marketing.

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